El Parlamento Europeo quiere que la UE imite la ‘ley del sí es sí’ contra la violencia machista
La Eurocámara endurece la propuesta de directiva al ampliar la definición de violación, la noción de consentimiento y los delitos sancionados.
De acuerdo con las cifras que maneja la comisión de la mujer del Parlamento Europeo, cada día alrededor de 50 mujeres son asesinadas -7 en ellas en la UE- en episodios de violencia machista. Aun así, los Veintisiete no disponen por el momento de ningún instrumento vinculante a nivel europeo diseñado específicamente para proteger a mujeres y niñas.
La Comisión Europea presentó en marzo pasado una propuesta de directiva para tipificar como delito en toda la UE el sexo no consentido, la mutilación genital femenina, la ciberviolencia, el ciberacoso, la difusión sin permiso de fotografías íntimas o la incitación al odio. Un paso calificado entonces de «histórico» que la Eurocámara aspira a reforzar ampliando la definición de violación, la noción de consentimiento y los delitos castigados.
«Tenemos que duplicar el modelo español para luchar contra la violencia contra la mujer», defiende la coponente del informe de la Eurocámara, la conservadora irlandesa Frances Fitzgerald
«La propuesta de directiva inicial de la Comisión Europea era un buen comienzo y la idea es mejorarla», ha explicado la eurodiputada irlandesa Frances Fitzgerald (PPE), coponente del informe de la Eurocámara, durante la presentación del proyecto este jueves. «Hay que lograr que la directiva sea más ambiciosa que el Convenio de Estambul», ha añadido la socialdemócrata y también coponente del texto, la socialdemócrata sueca Evin Incir (S&D).
«Tenemos que duplicar el modelo español para luchar contra la violencia contra la mujer”, ha reivindicado la irlandesa durante un debate conjunto con la comisión de libertades civiles. «Las disposiciones de tipificación en la propuesta son buenas pero tienen que ir más allá. Proponemos ampliar la noción de consentimiento para que solo el sí quiera decir sí, y que todo lo que no sea sí quiera decir no», ha matizado también Incir.
El documento incluye de momento 179 enmiendas al texto de la Comisión Europea que plantea castigar con penas de ocho años de cárcel -o 10 en caso de agravantes- cualquier acto no consentido de penetración vaginal, anal u oral de naturaleza sexual, con cualquier parte del cuerpo u objeto” así como “hacer que una mujer participe con otra persona” en los citados actos.
Armonización europea
«La legislación de los Estados miembros es heterogénea y hay que armonizarla creando una definición de lo que se considera violación«, defiende Fitzgerald sobre una definición que debe ser la misma en todos los Estados miembros aunque reconoce que la tramitación en el Consejo será complicada por la base jurídica utilizada y porque no todos ven la urgencia ante un tema tan grave como este. “Cada 10 años 850.000 mujeres son asesinadas. Casi como la ciudad de Ámsterdam. 8 de cada 10 personas acosadas en la UE son mujeres. Es increíble que no tengamos una directiva sobre esta cuestión», ha lamentado Fitzgerald.
Las ponentes plantean ampliar la definición de violación para incluir no solo la penetración, sino cualquier acto no consentido de naturaleza sexual que «en vista de la gravedad del acto» sea «comparable a la penetración».
Además, proponen una definición de consentimiento más amplia que la inicial de Bruselas de forma que se entienda por acto no consentido todo acto ejecutado sin el consentimiento voluntario de la mujer o en el que la mujer no pueda formar libremente su voluntad debido a su estado físico o mental. Por ejemplo un estado de miedo, intimidación, inconsciencia, intoxicación, sueño, enfermedad, lesiones corporales, discapacidad o en cualquier otra situación de especial vulnerabilidad, que explote su incapacidad para formar libremente su voluntad.
Esterilización forzada, delito
Otros cambios que proponen introducir las ponentes son considerar delito la violación por negligencia, la esterilización forzada, la explotación sexual mediante la prostitución ajena o la compra de actos sexuales. Además, proponen sustituir el término ‘trabajadoras sexuales’ que figura en la propuesta de la Comisión por el de «mujeres que ejercen la prostitución» ya que «una actividad que explota a una persona no puede ni debe ser reconocida como trabajo por la UE», alegan.
Las ponentes también piden que se considere como circunstancia agravante la violencia contra la mujer cuando la intención del delito sea preservar o restablecer el llamado «honor» de la persona, familia o comunidad.
La Eurocámara también considera crucial reforzar la prevención y la sensibilización, así como las medidas para garantizar la seguridad de las víctimas a través de órdenes de alejamiento, prohibición y protección así como arresto y detenciones para proteger a las mujeres e impedir que el agresor persiga a la mujer para que se retracte.
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¿Por qué digo esto? Porque tenemos que mejorar los sistemas de protección y de evaluación de riesgo, utilizando todas las medidas como la prisión provisional y las pulseras de seguimiento aunque las víctimas no lo pidan si hay una elevada evaluación del riesgo», ha defendido la eurodiputada de Ciudadanos, Soraya Rodríguez (Renew). También la socialista española Lina Gálvez ha acogido positivamente el texto y ha celebrado el avance que supondría poner el foco en el consentimiento, «en línea con la legislación española».